Práctica independiente
La práctica independiente es la capacidad de un NP para proporcionar atención sin la supervisión obligatoria de un médico. Un NP que vive en un estado que ha concedido la práctica independiente puede evaluar, diagnosticar y tratar a un paciente de la misma manera que los médicos.
Como se mencionó anteriormente, todos los PN están educados para proporcionar atención al paciente sin supervisión; sin embargo, algunos estados han promulgado leyes que requieren que los PN (y sus empleadores) compensen a los médicos por supervisar el trabajo de un PN.
El grado de independencia varía entre los estados, y es un tema polémico entre las organizaciones nacionales que representan tanto a los PN como a los médicos. La AANP clasifica el grado de independencia de cada estado como práctica completa (totalmente independiente), práctica reducida (parcialmente independiente) y práctica restringida (no independiente).
En los estados de práctica plena, los PN pueden proporcionar atención al paciente sin la participación del médico. En los estados con práctica reducida, las leyes exigen que los médicos tengan alguna participación, como discutir los casos de los pacientes con los PN o conocer a algunos de sus pacientes. En los estados de práctica restringida, las leyes prohíben a los PN prestar atención para la que fueron educados y requieren costosos acuerdos de supervisión entre los PN y los médicos.
Los esfuerzos de legislación se centran en lograr la independencia en todos los estados, tal como recomiendan el Instituto de Medicina, la AARP, la Fundación Robert Wood Johnson y el Consejo Nacional de Juntas Estatales de Enfermería. Cabe destacar que recientemente se ha aprobado una legislación nacional que concede la práctica independiente a todos los PN que trabajan en instalaciones de Asuntos de Veteranos, independientemente del estado en el que se encuentren.
Autoridad de prescripción
La autoridad de prescripción se refiere a la capacidad legal de un proveedor de atención médica para recetar medicamentos. Los pacientes e incluso los empleadores a menudo se preguntan: «¿Pueden los PN recetar medicamentos?». Es decir, ¿los PN tienen autoridad de prescripción? La respuesta es un gran SÍ. Los enfermeros profesionales pueden recetar medicamentos, incluso sustancias controladas, en los 50 estados y en Washington D.C.
Sin embargo, el grado en que los PN pueden recetar medicamentos sin la supervisión obligatoria de un médico varía según el estado. Actualmente, en 21 estados y en Washington D.C., los PN tienen la autoridad legal explícita para recetar. En el resto de los estados, los PN pueden seguir recetando, sin embargo, existe una cierta supervisión obligatoria por parte de un médico.
Los esfuerzos de presión de las organizaciones de PN también se centran en eliminar estas barreras legales innecesarias para recetar medicamentos. La AANP aboga por la capacidad de los profesionales de enfermería para recetar sin la participación del médico, que las juntas estatales de enfermería (no las juntas estatales de médicos) sean responsables de la regulación de la autoridad prescriptiva de los NP, y que los profesionales de enfermería puedan recetar dispositivos y servicios médicos, como la asistencia sanitaria a domicilio, además de medicamentos.
Campaña por el consenso
Debido a la innecesaria variación entre los estados respecto a lo que los PN pueden y no pueden hacer, el Consejo Nacional de Consejos Estatales de Enfermería lanzó la Campaña por el consenso. Esta iniciativa ayuda a los estados a conseguir una práctica independiente.
Además, la Campaña tiene como objetivo alinear las leyes individuales de los estados con las mejores prácticas actuales para las regulaciones, la licencia, la educación y la certificación de la atención médica, y se esfuerza por ayudar a los consumidores, los empleadores y otros proveedores de atención médica a entender el alcance correcto de la práctica para los PN.
Específicamente, la Campaña presiona para que todos los estados incorporen estas normas en su legislación:
- Reconocimiento del título «nurse practitioner».
- Licencia como RN y como NP.
- Formación de grado o postgrado en una institución acreditada.
- Certificación expedida por el consejo en una especialidad médica.
- Práctica independiente.
- Prescripción independiente.
Aprenda más
¡Este artículo es sólo la punta del iceberg! Para participar en la defensa de los NP, póngase en contacto con su organización local de NP y únase a la AANP. Para obtener más información sobre el alcance de la práctica de los NP y la práctica independiente, consulte estos recursos:
- Nuestra Guía Interactiva de la Ley de Alcance de la Práctica.
- Nuestra infografía «¿Puede un NP hacer eso?».
- Dr. Carolyn Buppert’s Nurse Practitioner’s Business Practice and Legal Guide, Fifth Edition.
- Mapa del entorno de la práctica estatal de la AANP.
- Mapa del estado de implementación del Consejo Nacional de Juntas Estatales de Enfermería.