ACT 97 La Ley de Gestión de Residuos Sólidos, Ley de 7 de julio de 1980, P.S.380, N º 97, como ahora o en adelante modificado. LEY 101 La Ley de Planificación de Desechos Municipales, Reciclaje y Reducción de Desechos, Ley del 28 de julio de 1988, P.L. 556, No. 101, según sea enmendada ahora o en lo sucesivo. ALUMINIO Todas las latas de alimentos y bebidas fabricadas con la sustancia o elemento metálico ligero, dúctil y maleable comúnmente conocido como aluminio. BOLSAS PARA PILAS Bolsas que la LCSWMA pone a disposición de los generadores de residuos municipales y que se utilizarán como contenedores de eliminación de las pilas que se generen en los hogares. CARTON También denominado «Cartón» o «Cartón», un cartón ligero de una sola capa utilizado para cajas y envases que incluye envases de productos que no son de cartón ondulado.
VIDRIO CLARO Y DE COLOR Consiste únicamente en envases de alimentos y bebidas claros y de color hechos de vidrio, de un galón o menos de capacidad, y compuestos por la sustancia dura, quebradiza y transparente o parcialmente transparente producida por la fusión de sílice y silicatos o arena que contiene sosa y cal y/u otros productos químicos y sustancias que suelen incluirse en la fabricación del vidrio.
FECHA DE INICIO La fecha en que comienzan los servicios de recogida del contrato municipal actual y de los siguientes. ACTIVIDADES COMUNITARIAS Acontecimientos patrocinados por organismos públicos o privados o por particulares, incluidos, entre otros, las ferias, los bazares, las fiestas sociales, los picnics, los conciertos y los acontecimientos deportivos organizados a los que asisten 200 o más personas al día.
COMPOSICIÓN El proceso por el que los residuos orgánicos sólidos se descomponen biológicamente en condiciones aeróbicas o anaeróbicas controladas para obtener un producto similar al humus. RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN/DEMOLICIÓN Parte de los residuos municipales resultantes de la construcción o la demolición de edificios y otras estructuras, incluida la madera, el yeso, los paneles de yeso y las placas de yeso, los metales, las sustancias asfálticas, los ladrillos, los bloques y el hormigón no segregado. El término también incluye el barrido de calles y los residuos de amianto no friables. El término no incluye lo siguiente si se separa de otros residuos y se utiliza como relleno limpio: A.
B.
CONTRATISTA La persona, que puede incluir al Ayuntamiento, que presta servicios de recogida de residuos y materiales reciclables designados por contrato municipal. CARTON ONDULADO Papel kraft sin blanquear ni encerar que se forma en capas con un medio acanalado y se fabrica en cajas de envío y productos relacionados. LADO DE LA CALLE La ubicación correcta para la colocación de los contenedores de basura y los contenedores de reciclaje con el fin de ser recogidos por el Contratista, que deberá ser: a) adyacente a la unidad residencial; y b) a no más de cinco pies de la vía pública utilizada por los vehículos de recogida. MATERIALES RECICLABLES DESIGNADOS Aquellos materiales reciclables separados en origen designados en el apartado 258-38 de este artículo. MATERIALES RECICLABLES CONTRATADOS Aquellos materiales reciclables separados en origen designados en el apartado 258-39 de este artículo. BASURA ELECTRÓNICA Los productos electrónicos reciclables se definen en la Ley de Reciclaje de Dispositivos Cubiertos de Pensilvania (CDRA) de 2010 e incluyen: unidades de procesamiento de ordenadores de sobremesa (CPU), ordenadores portátiles, monitores de ordenador, periféricos de ordenador (teclado, ratón, impresora y altavoces de ordenador), televisores y lectores electrónicos.
CONTRATO EXISTENTE Cualquier contrato para el almacenamiento, la recogida, el transporte, el procesamiento o la eliminación de Residuos Municipales Regulados o Materiales Reciclables Designados generados o ubicados dentro del Municipio que: a) se haya celebrado legalmente antes de la fecha de entrada en vigor de este artículo (26 de septiembre de 2006); y b) cuando se celebró era legalmente ejecutable.
CONTENEDORES DE RESIDUOS EXTRA Contenedores de residuos que superen el número de contenedores de residuos por sitio de recogida límite en el Contrato Municipal. INSTALACIÓN Cualquier sitio específico designado por la LCSWMA (o aprobado por la LCSWMA) como el lugar o sitio específico en el que los Residuos Sólidos o los Materiales Reciclables Separados en Origen, o cualquier parte de los Residuos Sólidos o los Materiales Reciclables Separados en Origen, deben o pueden ser entregados; o en ausencia de un sitio específico designado por la LCSWMA, cualquier sitio aprobado para la entrega de cualquier categoría de Residuos Sólidos o Materiales Reciclables Separados en Origen. GRANJA Una extensión de tierra de 10 o más acres que se utiliza para fines agrícolas, cuyas actividades agrícolas proporcionan la principal fuente de ingresos a los residentes de la extensión. GENERADOR Una persona que produce o crea cualquier residuo sólido. A.
(1)
(2)
B.
RESIDUOS PELIGROSOS DOMÉSTICOS Parte de los residuos municipales que se consideraría peligrosa en virtud de la Ley 97 si no fuera porque se produce en cantidades inferiores a las reguladas como residuos peligrosos en virtud de la Ley 97 y es generada por personas que no están incluidas en la Ley 97 como generadores de residuos peligrosos. Los Residuos Peligrosos del Hogar incluyen los siguientes materiales y otros materiales de naturaleza similar:
A.
B.
C.
D.
E.
F.
G.
H.
I.
J.
K.
L.
M.
N.
O.
VERTIDO ILEGAL La eliminación no autorizada de Residuos Sólidos o Materiales Reciclables en un lugar que no sea una Instalación.
LCSWMA La Autoridad de Gestión de Residuos Sólidos del Condado de Lancaster, una autoridad municipal organizada y existente en virtud de la Ley de Autoridades Municipales, según sus enmiendas. LCSWMA FACILITY Cualquier Instalación de propiedad u operada por o en nombre de LCSWMA. NORMAS Y REGLAMENTOS DE LA LCSWMA Políticas y procedimientos adoptados y revisados de vez en cuando por la LCSWMA que rigen y pertenecen al transporte, la entrega y la eliminación de Residuos Sólidos.
REVISTAS Papel con un recubrimiento de arcilla que crea una apariencia brillante, incluyendo publicaciones periódicas, catálogos, folletos, anuncios y materiales impresos similares.
MANIFIESTO Un formulario suministrado por la LCSWMA que debe ser completado y firmado por cada persona que recoge o transporta Residuos Sólidos o Materiales Reciclables Separados en Origen y que especifica, entre otras cosas: a) la fuente, el tipo, la cantidad y el punto de entrega de los Residuos Sólidos o Materiales Reciclables Separados en Origen; b) el número de licencia aplicable; y c) otra información pertinente. PAPEL DE OFICINA MIXTO El papel de oficina incluye: papel de libro blanco y de color, papel de copia, impresiones de ordenador (CPO), sobres, carpetas, folletos y similares. El papel de oficina no incluye el papel tisú, que incluye: pañuelos faciales, servilletas, toallas de papel y productos de papel similares.
UNIDAD MULTIFAMILIAR Una propiedad con cinco (5) o más unidades residenciales, incluyendo, sin limitación, complejos de apartamentos, complejos de condominios, casas de retiro y parques de casas móviles, excluyendo las granjas. CONTRATO MUNICIPAL El acuerdo entre el municipio y un recolector autorizado en virtud del cual se prestan servicios de recogida a las unidades residenciales para los residuos municipales por contrato y para los materiales reciclables por contrato designados. RESIDUOS DEL CONTRATO MUNICIPAL Las partes de los Residuos Municipales Regulados que deben recogerse y eliminarse en virtud de este Contrato Municipal. Los Residuos Municipales Contratados se componen exclusivamente de Basura y Elementos de Basura de Gran Tamaño. MUNICIPIO Ciudad de Lancaster ubicada en el Condado de Lancaster, Estado de Pensilvania, también conocida como Ciudad de Lancaster.
POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DEL MUNICIPIO Las normas y reglamentos adoptados y revisados de vez en cuando por el Municipio que rigen y pertenecen a: a) el programa de Reciclaje del Municipio; y b) la recolección o almacenamiento in situ de Residuos Municipales Regulados dentro del Municipio. Papel utilizado para la producción de publicaciones diarias, de fin de semana y especiales, comúnmente conocidas como periódicos. RESIDUOS NO PROCESABLES Los residuos no procesables son una parte de los residuos municipales que consisten en materiales que no pueden ser manejados por los métodos normales de procesamiento o eliminación de LCSWMA. Los desechos no procesables incluyen artículos de más de seis pies en cualquier dimensión, tales como autopartes grandes, máquinas y cualquier otro artículo que LCSWMA considere apropiado.
UNIDADES NO RESIDENCIALES Todos los establecimientos comerciales, municipales e institucionales, todas las actividades comunitarias y todas las granjas, excluyendo las unidades residenciales y las unidades multifamiliares. QUEMADURA ABIERTA Un fuego cuyos contaminantes del aire se emiten directamente a la atmósfera exterior y no se dirigen a ella a través de una chimenea. Desechos que no caben en los contenedores de basura, pero que no son residuos no procesables, incluyendo muebles pequeños, alfombras, colchones y resortes de caja y similares, pero excluyendo los neumáticos y los electrodomésticos.
DEPARTAMENTO DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE PENNSYLVANIA o PADEP La agencia estatal responsable de administrar la Ley 97, la Ley 101, la CDRA y otras regulaciones relacionadas.
RECOLECTOR PERMITIDO Una persona, que incluye al Municipio, que está en posesión de todos los permisos y licencias pertinentes que pueden ser requeridos por: a) el Municipio; y b) LCSWMA, para la recolección, almacenamiento o eliminación de Residuos Sólidos o Materiales Reciclables. PERSONA Cualquier individuo, firma, sociedad, corporación, asociación, institución, empresa cooperativa, municipio, autoridad municipal, entidad u organismo gubernamental, o cualquier otra entidad legal que sea reconocida por la ley como sujeto de derechos y obligaciones. En todas las disposiciones de estas normas y reglamentos que prescriben una multa, sanción u otra acción de aplicación, o cualquier combinación de las anteriores, el término «persona» incluirá a los funcionarios y directores de cualquier corporación u otra entidad legal que tenga funcionarios y directores.
PLÁSTICOS Los plásticos reciclables consisten en envases rígidos de productos de consumo, incluyendo: a) botellas de cuello estrecho; b) envases de boca ancha; y c) envases con bisagras; que están hechos de PET, HDPE y otras resinas o mezclas de resinas. Las láminas flexibles de plástico reciclable no se recogerán en los contenedores de reciclaje.
MULTA POR INFRACCIÓN DE LA PROPIEDAD Una multa administrativa autorizada por el Capítulo 293 del Código de la Ciudad que establece multas y tarifas de reducción por ciertas infracciones de las disposiciones de este artículo o de las Políticas y Procedimientos del Municipio.
RESIDUOS PUTRESCIBLES Una parte de los Residuos Municipales que consiste en materiales de desecho orgánicos que debido a la descomposición biológica son, o tienen tendencia a ser, podridos, fétidos u olorosos, incluyendo animales muertos y alimentos estropeados, pero sin incluir los lodos. MATERIALES RECICLABLES Cualquier material que sería un residuo municipal regulado de no ser por la separación en origen y que se transformará en materias primas o productos que se reutilizarán de forma beneficiosa. RECICLAJE La separación, recogida, recuperación y venta o reutilización de metales, vidrio, papel, residuos de jardinería, plásticos y otros materiales que, de otro modo, se eliminarían o procesarían como Residuos Sólidos o la separación y el tratamiento mecanizados de los Residuos Sólidos y la creación y recuperación de materiales reutilizables. CONTENEDOR DE RECICLAJE Para las unidades residenciales, el término «contenedor de reciclaje» se referirá al contenedor suministrado por el municipio. Para unidades multifamiliares y no residenciales, el término «contenedor de reciclaje» se referirá a un recipiente que está construido de plástico, metal o fibra de vidrio y tiene: a) asas de fuerza adecuada para levantar; y/o b) ruedas para la movilidad.
RESIDUOS Los residuos son la parte de los desechos municipales regulados excepto: A.
B.
C.
D.
CONTENEDOR DE RESIDUOS Un recipiente: a) construido de plástico, metal o fibra de vidrio, con asas de resistencia adecuada para su elevación y/o ruedas para su movilidad y con una tapa ajustada que impida la entrada de vectores en el contenedor; o b) una bolsa de polietileno que: i) esté específicamente diseñada para su almacenamiento y recogida; ii) esté protegido contra los daños causados por los animales y la sobrecarga, de manera que se evite que se arrojen basuras o se atraigan insectos o roedores; y iii) tenga una resistencia capaz de soportar las tensiones normales hasta que se recoja. Con respecto a las unidades residenciales, el peso de un contenedor de basura y su contenido no deberá exceder de 30 libras ni su capacidad de 32 galones, excepto en el caso de los carros con ruedas.
RESIDUOS MUNICIPALES REGULADOS Cualquier residuo sólido generado o recogido en el municipio que sea basura, desechos, residuos de comedores industriales u oficinas y otros materiales, incluidos los sólidos, líquidos, semisólidos o gaseosos contenidos, resultantes del funcionamiento de establecimientos residenciales, municipales, comerciales o institucionales y de actividades comunitarias. El término no incluye los materiales reciclables designados ni los residuos inaceptables.
UNIDAD RESIDENCIAL Cualquier vivienda unifamiliar, semifamiliar o adosada, o una unidad de vivienda dentro de un edificio multifamiliar que contenga cuatro o menos unidades de vivienda, excluyendo las granjas. Cuando se utilice en este artículo o en las Políticas y Procedimientos del Municipio, el término «Unidad Residencial» también se referirá a cualquier Unidad Multifamiliar o Unidad No Residencial que solicite y reciba la aprobación del Municipio para utilizar los servicios de recolección provistos bajo el Contrato Municipal. RESIDUOS RESIDUALES Cualquier basura, desecho, otro material desechado u otros residuos, incluidos los materiales sólidos, líquidos, semisólidos o gaseosos contenidos procedentes de operaciones industriales, mineras y agrícolas y cualquier lodo procedente de una instalación de tratamiento de suministro de agua industrial, minera o agrícola, una instalación de tratamiento de aguas residuales o una instalación de control de la contaminación atmosférica, siempre que no sea peligroso. El término no incluye: a) los desechos de carbón tal como se definen en la Ley de Control de la Eliminación de los Desechos de Carbón; o b) los lodos de tratamiento de las plantas de tratamiento de drenaje de minas de carbón, cuya eliminación se lleva a cabo en virtud de un permiso válido expedido con arreglo a la Ley de Arroyos Limpios. SCAVENGING La eliminación de materiales reciclables designados en violación del artículo 258-44 de este artículo. FLUJO ÚNICO Sistema de recogida en el que los materiales reciclables, normalmente fibras y envases de vidrio, metal y plástico: a) se han separado de los residuos municipales regulados, pero no se han separado en diferentes tipos de materiales reciclables; y b) se han colocado en un contenedor de reciclaje para su recogida: Aluminio, latas de acero, vidrio transparente y de color, plásticos, papel de periódico, revistas, cartón aglomerado, papel de oficina mixto y cartón ondulado.
RESIDUOS SÓLIDOS o RESIDUOS Cualquier residuo, incluyendo pero sin limitarse a los residuos municipales, residuales o peligrosos, incluyendo materiales sólidos, líquidos, semisólidos o gaseosos contenidos. SEPARACIÓN EN LA FUENTE o SOURCE SEPARATION El proceso de separar, o la separación de, los Materiales Reciclables Designados de otros Residuos Sólidos en el lugar donde se generan con el propósito de Reciclar. LATAS DE ACERO Los envases de metal ferroso para alimentos o bebidas comúnmente conocidos como latas. NEUMÁTICOS Cualquier neumático de automóvil, camión o implemento agrícola. RESIDUOS INACEPTABLES Los siguientes tipos de Residuos Sólidos no se recogerán con los Residuos Municipales Regulados y son Residuos Inaceptables a menos que sean aprobados por el Municipio y la LCSWMA caso por caso:
A.
B.
C.
D.
E.
F.
G.
H.
I.
BIENES BLANCOS Una parte de los Residuos Municipales Regulados consistente en grandes electrodomésticos, incluyendo los siguientes: lavadoras de ropa, secadoras de ropa, lavavajillas, congeladores, frigoríficos, estufas, hornos, calentadores de agua, aires acondicionados, deshumidificadores, hornos y calentadores eléctricos. RESIDUOS DE JARDÍN Todos los residuos de jardín, hojas, arbustos y recortes de árboles de menos de 15 centímetros de diámetro.
BOLSA DE RESIDUOS DE JARDÍN Una bolsa de papel Kraft biodegradable de treinta galones utilizada para la recogida de residuos de jardín.
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