- Por favor, ¿puede mi empleador tomar represalias contra mí por presentar una reclamación por acoso sexual?
- P: ¿El acoso sexual es sólo de hombres que acosan a mujeres?
- P: ¿Es acoso sexual si le pido a un compañero de trabajo una cita?
- P: Tuve una relación íntima con un compañero de trabajo pero la rompí. Si ese compañero de trabajo me acosa, ¿puedo presentar una reclamación por acoso sexual?
- P: Si un compañero de trabajo o un supervisor hace un comentario sobre mi ropa o mi aspecto, ¿es eso acoso sexual?
- P: Me negaron un ascenso. Desde entonces me he enterado de que el ascenso fue para el novio de mi supervisora. ¿Es esto acoso sexual?
- P: Un compañero de trabajo pasa mucho tiempo descargando pornografía de Internet a su ordenador de trabajo. ¿Es esto acoso sexual?
- P: Un cliente habitual de mi empresa hace comentarios sexuales ofensivos cada vez que lo veo. ¿Es esto acoso sexual?
- P: ¿El acoso sexual puede ser un asunto penal?
Por favor, ¿puede mi empleador tomar represalias contra mí por presentar una reclamación por acoso sexual?
A: No. La ley federal prohíbe las represalias contra los empleados que denuncian prácticas laborales ilegales o que presentan una reclamación por discriminación en el lugar de trabajo. También está protegido contra las represalias por comparecer como testigo en la demanda por acoso sexual de otro empleado.
P: ¿El acoso sexual es sólo de hombres que acosan a mujeres?
A: No importa quién acosa a quién, puede ser acoso sexual. El acoso sexual es un abuso verbal o físico que equivale a la discriminación de una persona por su sexo. Si el acoso se produce entre dos personas del mismo sexo, la persona acosada debe demostrar que el acoso se ha basado en su sexo (no sólo en el deseo sexual, si lo hay, del acosador). La persona que sufre el acoso también debe haber sido tratada de forma diferente a los miembros del sexo opuesto.
P: ¿Es acoso sexual si le pido a un compañero de trabajo una cita?
A: Algunos empleadores han respondido a las reclamaciones por acoso sexual, o a la amenaza de tales reclamaciones, promulgando políticas contra las citas o las relaciones íntimas entre compañeros de trabajo. Aunque no hay ninguna ley que exija dicha política, en la mayoría de los estados no hay ninguna ley que la prohíba. Si su empresa no tiene una política que prohíba que los empleados salgan entre sí, lo mejor es que siga la regla de «un golpe y estás fuera». Si le pides a un compañero de trabajo una cita y éste te dice que no está interesado, no se lo vuelvas a pedir. Las peticiones repetidas de una cita pueden constituir acoso, mientras que una sola petición educada probablemente no lo sea.
P: Tuve una relación íntima con un compañero de trabajo pero la rompí. Si ese compañero de trabajo me acosa, ¿puedo presentar una reclamación por acoso sexual?
A: Una reclamación por acoso sexual se basa en una conducta no deseada. Si usted ha dejado claro a su compañero de trabajo que no tiene ningún interés romántico en él o ella, cualquier atención sexual continua y no deseada que sea grave o dominante podría ser la base de una reclamación por acoso. Debe dejar muy claro a su compañero de trabajo que esa atención no es bienvenida. Si lo hace, su relación anterior no excusará su acoso.
P: Si un compañero de trabajo o un supervisor hace un comentario sobre mi ropa o mi aspecto, ¿es eso acoso sexual?
A: Depende de la naturaleza del comentario. Decirle a una empleada que se vista de forma más profesional es poco probable que se considere acoso sexual. Sin embargo, sugerir con frecuencia a una empleada que lleve ropa más reveladora como forma de impresionar al jefe podría considerarse acoso sexual. Del mismo modo, un cumplido inocuo, como «es un bonito jersey», no sería acoso; pero si fuera seguido de una referencia sexual («realmente muestra tu cuerpo»), ese tipo de comportamiento sería inapropiado. La clave es si el comportamiento, producido por el sexo del empleado, crea un entorno de trabajo hostil o abusivo.
P: Me negaron un ascenso. Desde entonces me he enterado de que el ascenso fue para el novio de mi supervisora. ¿Es esto acoso sexual?
A: No necesariamente. Esto es más parecido al nepotismo que al acoso sexual. Sin embargo, si en la empresa existe un entorno en el que se exigen favores sexuales a los empleados que desean recibir ascensos u otros tratos favorables de los supervisores, esto podría considerarse acoso sexual. Pero cuando un supervisor asciende a su pareja romántica en un incidente aislado, eso no suele ser procesable según la ley de acoso sexual.
P: Un compañero de trabajo pasa mucho tiempo descargando pornografía de Internet a su ordenador de trabajo. ¿Es esto acoso sexual?
A: Depende. ¿Está la pantalla del ordenador de este empleado a la vista de cualquiera que pase? ¿Llama la atención de los demás sobre lo que ha descargado? ¿Sigue descargando pornografía después de que se le haya dicho que los demás la encuentran ofensiva? Si es así, podría tratarse de acoso sexual: el hecho de que la actividad no vaya dirigida a usted no significa que no pueda verse afectada.
A: Aunque una broma por sí sola puede no ser acoso, podría formar parte de un entorno hostil. En esta situación, debe recordar que la cuestión no es si usted o el empleado que contó el chiste se sintieron ofendidos, sino si una «persona razonable» lo encontraría ofensivo. El otro punto que hay que recordar es que alguien debe haber encontrado el chiste lo suficientemente ofensivo como para denunciarlo, haciendo que el jefe envíe el memorándum. Esto debería ser una advertencia de que no todo el mundo con el que trabajas comparte tu opinión sobre lo que es o no es ofensivo. Tómelo como una señal de que debe tener más cuidado con lo que dice en el trabajo.
P: Un cliente habitual de mi empresa hace comentarios sexuales ofensivos cada vez que lo veo. ¿Es esto acoso sexual?
A: Podría ser acoso sexual. Debe denunciar el problema y dar a su empleador la oportunidad de solucionarlo (por ejemplo, asegurándose de no tener que tratar con este cliente o discutiendo la cuestión de la propiedad con el cliente). Se considerará acoso si su empleador lo sabía y no hizo nada para corregir el problema.
P: ¿El acoso sexual puede ser un asunto penal?
A: Las acciones del acosador pueden ser un delito, dependiendo del estado en el que se produzcan. Si el acoso sexual consistió en una agresión física, conducta sexual delictiva, acoso, amenazas u otro delito, el acosador puede enfrentarse a sanciones penales.